<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>autónomos ‣ IT Asesores ✅</title>
	<atom:link href="https://itasesores.es/tag/autonomos/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://itasesores.es</link>
	<description>Asesoría y Gestoría para tu negocio en Elda</description>
	<lastBuildDate>Fri, 13 Jan 2023 09:35:23 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.1</generator>

<image>
	<url>https://itasesores.es/wp-content/uploads/2021/04/cropped-logo-32x32.jpg</url>
	<title>autónomos ‣ IT Asesores ✅</title>
	<link>https://itasesores.es</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>Las claves para el cierre del año anual para autónomos.</title>
		<link>https://itasesores.es/las-claves-para-el-cierre-del-ano-anual-para-autonomos/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=las-claves-para-el-cierre-del-ano-anual-para-autonomos</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[itasesores]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Jan 2023 09:35:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[asesoramiento online]]></category>
		<category><![CDATA[asesoría para empresas]]></category>
		<category><![CDATA[autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[IT Asesores]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://itasesores.es/?p=8174</guid>

					<description><![CDATA[<p>Los autónomos cada año tienen que presentar varios resúmenes anuales a Hacienda, pero, ¿cuáles son? Con la llegada de enero [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://itasesores.es/las-claves-para-el-cierre-del-ano-anual-para-autonomos/">Las claves para el cierre del año anual para autónomos.</a> first appeared on <a href="https://itasesores.es">IT Asesores ✅</a>.</p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2 class="wp-block-heading">Los autónomos cada año tienen que presentar varios resúmenes anuales a Hacienda, pero, ¿cuáles son?</h2>



<p>Con la llegada de enero comienza la época de que los trabajadores por cuenta ajena (<strong>autónomos</strong>) <strong>presentan informes para cerrar el año</strong>. Actualmente, hay muchos modelos que estos deben presentar. Los más comunes son: <strong>el modelo 390, modelo 190, modelo 180 y modelo 347</strong>.</p>



<p>Pero antes de profundizar en cada uno de ellos, hay ciertos aspectos que debes tener en cuenta. Por un lado, todos <strong>los resúmenes son modelos informativos</strong> por lo que no debemos pagar para presentarlo. </p>



<p>Todos ellos <strong>son obligatorios</strong> si fuiste autónomo en algún momento del año fiscal, da igual que haya sido un mes o todo el año. Y por último, <strong>casi todos se presentan durante este mes</strong>. Aunque para ello es mejor que consultes el <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/calendario-contribuyente/calendario-contribuyente-2023.html" target="_blank" rel="noopener" title="">calendario</a> fiscal de autónomos de 2023, para así conocer cada fecha concreta. </p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="493" src="https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible.-1024x493.png" alt="" class="wp-image-8175" srcset="https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible.-1024x493.png 1024w, https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible.-800x385.png 800w, https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible.-300x144.png 300w, https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible.-768x370.png 768w, https://itasesores.es/wp-content/uploads/2023/01/Copia-de-Cultivar-en-invierno-tambien-es-posible..png 1350w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El modelo 390.</strong></h3>



<p>Sin duda el más conocido, y del que casi ningún autónomo se puede librar. Este modelo anual va <strong>dirigido al IVA. Es decir es el resumen anual del IVA</strong> que has ido pagando a través del modelo 303.</p>



<p>Recordemos, que todos los autónomos presentan <strong>cada tres meses la declaración trimestral del IVA. </strong>De este modo, cuando hablamos del modelo 390 es simplemente <strong>un resumen de todas esas declaraciones</strong> que hemos ido presentando.</p>



<p>El plazo de presentación se realiza durante el primer mes del siguiente año fiscal. Es decir, debes de presentar el resumen del año 2022 en el mes de <strong>enero de 2023</strong>.</p>



<p>Algo <strong>SÚPER IMPORTANTE</strong> y que no debes de olvidar, es que deben de presentarlo todo el mundo que haya sido autónomo. Es decir aunque lo hayas sido dos meses, tres días o una semana. Es <strong>obligatorio y de carácter informativo, no debes efectuar ningún pago de impuestos.</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El modelo 190.</strong></h3>



<p>El tan conocido entre los autónomos como el <strong>Modelo de Retenciones de IRPF</strong>. </p>



<p>A la hora de proceder este modelo, debes recordar ciertos aspectos. Hay autónomos que pagan <strong>a Haciendo el IRPF a través de la retención que aplican en las facturas a sus clientes</strong>. Es decir, dejan de ingresar una parte de esa factura generala para pagar el IRPF a Hacienda. </p>



<p>En este caso debes saber, que si eres un cliente de un autónomo y este retiene en sus facturas dicho IRPF; además <strong>del modelo trimestral 111 deberás de presentar el modelo 190</strong>, básicamente es el resumen de los modelos 111. </p>



<p>El <strong>objetivo principal del modelo 190</strong>, es <strong>cruzar todos los datos</strong> y comprobar que lo que los autónomos han declarado que han pagado en IRPF coincide.</p>



<p>Al igual que ocurre en el modelo anterior comentado. El modelo 190 es simplemente <strong>un resumen informativo y que no requiere que pagues ningún impuesto.</strong> Aunque si quieres conocer este modelo en profundidad, en nuestro blog contamos con una <a href="https://itasesores.es/modelo-190-y-cierre-de-ejercicio-2021/" target="_blank" rel="noopener" title="">entrada</a> dedicada exclusivamente a este modelo.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El modelo 180.</strong></h3>



<p>Más conocido como el <strong>Modelo Anual de Retenciones de Alquileres</strong>. Tal y como indica su nombre este tipo de modelo que deben presentar algunos autónomos este <strong>mes de enero</strong> tiene que ver con los alquileres.</p>



<p>Al igual que el <strong>modelo 190, el modelo 180 tiene que ver con los pagos de IRPF por cuenta de otro autónomo, este caso, por alquileres. </strong></p>



<p>Es decir si tu negocio por ejemplo está en un local que no es tuyo y pagas un alquiler. Pongamos el caso de que pagas 700 € con un IVA del 21% y un IRPF del 15%. El propietario del local solo recibe el dinero del local más el IVA; tú como inquilino le pagas el 15% a Hacienda en concepto de IRPF por el local. Por ello tú como inquilino, debes presentar el modelo 180 con todas las retenciones de IRPF por el local.</p>



<p>Al igual que los anteriores, <strong>el modelo 180 es solamente un documento informativo</strong>. En este caso Haciendo lo utiliza para comprobar los datos que declaran otros autónomos. </p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El modelo 347.</strong></h3>



<p>Es el último modelo del que vamos a hablar en esta entrada, <strong>otro de los resúmenes anuales más comunes dentro de los autónomos.&nbsp;</strong></p>



<p>A diferencia de los anteriores, este modelo s<strong>olo lo tendrán que presentar aquellos autónomos que hayan hecho transacciones que superen la cifra de 3.005,06 €.</strong> </p>



<p>Es muy importante recalcar que debemos presentar todas las facturas con importes superiores, ya sean emitidas o recibidas. </p>



<p>Por último debes recordar que este modelo lo <strong>debes de presentar en febrero,</strong> y al igual que el resto tiene un <strong>carácter informativo</strong>, por lo que no requiere ningún tipo de pago de impuestos.&nbsp;</p>



<p>Presentar todos estos modelos puede llegar a ser un poco engorroso, por ello en IT Asesores te ofrecemos una ayuda totalmente personalizada y profesional para que así esta tarea resulte mucho más sencilla y amena para ti. </p>



<p>Estamos a tu lado, contacta ya con nosotros.</p><p>The post <a href="https://itasesores.es/las-claves-para-el-cierre-del-ano-anual-para-autonomos/">Las claves para el cierre del año anual para autónomos.</a> first appeared on <a href="https://itasesores.es">IT Asesores ✅</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
