¿Permiso de maternidad y paternidad? Novedades y requisitos.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha anunciado recientemente importantes medidas legislativas en España para el año 2024. Entre ellas, se destaca la aprobación de la Ley de Familias, que busca reconocer jurídicamente a todos los tipos de familias y mejorar la protección social, la conciliación y las políticas de bienestar. 

En este contexto, nos enfocaremos en las implicaciones legales de la ampliación de los permisos por nacimiento y la retribución del permiso parental.

Ampliación de los permisos por nacimiento y retribución del permiso parental.

El compromiso del ministro es extender la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Además, se ha destacado la importancia de retribuir el permiso parental de ocho semanas para el cuidado de hijos durante los primeros ocho años de vida. Esta medida representa un avance significativo en términos de conciliación familiar y reconocimiento de la labor de cuidado, al retribuir al menos cuatro de las semanas.

Los permisos de cuidado de ocho semanas ya estaban en funcionamiento en España, pero hasta el momento no contaban con compensación económica. El Ministerio ha establecido como plazo límite para iniciar los pagos el mes de agosto, conforme a las disposiciones de la legislación europea. 

Otra de las novedades del permiso por nacimiento de hijos es la posibilidad de flexibilizar las nuevas cuatro semanas de permiso con un trabajo a tiempo parcial, extremo que también estaba contemplado en el acuerdo de coalición.

Proceso legislativo y posibles vías.

El proceso legislativo incluirá la presentación de la Ley de Familias en el Consejo de Ministros a principios de año. Sin embargo, ante posibles demoras, se barajan diferentes vías, como la tramitación parlamentaria, enmiendas o incluso la aprobación por separado de ciertas medidas a través de real decreto. El objetivo es garantizar la pronta implementación de estas mejoras en la política social.

Si, por alguna razón, la aprobación de la ley se prolonga más allá del mes de julio, existe la posibilidad de que se considere aprobar de manera independiente las medidas relacionadas con la extensión de las semanas de los permisos de nacimiento y la compensación de aquellos permisos que anteriormente no la tenían. Esta opción se llevaría a cabo mediante un real decreto.

Las claves para la baja de maternidad de autónomos.

Y qué pasa con los autónomos. 

Sí, al igual que las trabajadoras asalariadas, las madres autónomas también podéis disfrutar de una baja de maternidad. Esta prestación es un derecho en España para todas las mujeres trabajadoras, y concede un período de descanso remunerado durante y después del embarazo. Está regulado por la Seguridad Social y tiene como objetivo permitir a las mujeres dedicar tiempo a su recuperación física y emocional después del parto, así como a su bebé.

Es importante recalcar que todas las madres tienen derecho a esta prestación, incluso si no han tenido un hijo biológico. Esto significa que, si vas a adoptar o acoger un niño, también tienes derecho a la baja por maternidad de autónomas.

En cuanto a los padres, todo aquel autónomo que haya sido padre deberá disfrutar ininterrumpidamente y a jornada completa su derecho de baja por paternidad. Si eres trabajador por cuenta propia y si vas a ser padre o adoptar un hijo, tienes derecho a una baja de 16 semanas, en la que recibirás una prestación que equivalga al 100% de tu base de cotización. 

Si todo este proceso se te hace cuesta arriba, y no sabes muy bien cuáles son tus derechos, contacta con nosotros, todo el equipo profesional de IT Asesores está desando ayudarte en este proceso. 

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