Modelo 184 ¿Qué es y como presentarlo sin errores?

Conoce el Modelo 184, en It Asesores te ayudamos par que no caigas en los erroes comunes

Conoce todas las curiosidades y datos importantes sobre el Modelo 184. 

El Modelo 184, es una declaración tributaria informativa. En concreto, hablamos, de una declaración anual de ingresos, gastos y beneficios generados por algunas empresas no comerciales. 

Esta declaración es obligatoria para aquellas entidades en régimen de atribución de rentas a la hora de hacer la declaración anual de ingresos, gastos y beneficios. A pesar de esto, este modelo es de tipo informativo, esto quiere decir que su presentación no implica el pago de impuestos o devoluciones.

Pero te preguntarás ¿para qué sirve este formulario? El modelo 184, sirve para proporcionar información anual a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Esta información está relacionada con las rentas atribuibles a sus comuneros, herederos, partícipes o socios residan o no en territorio español.

¿Tiene carácter obligatorio?

Como ya se ha comentado con anterioridad, este modelo es obligatorio para aquellos que se encuentran en atribución de rentas. En este tipo de atribución, cada socio tributa de acuerdo con los resultados que se le imputen a cada uno; declarando solo el porcentaje que poseen de la entidad.

Este tipo de entidades debemos de recordar que no tributan por Impuesto de Sociedades, debido a que no tienen personalidad jurídica. Por ello de este modelo quedan exceptuadas las sociedades civiles cuyo objeto es mercantil.

¿Quién tiene que presentar el modelo 184?

Este modelo va dirigido a entidades en régimen de atribución de rentas, es decir, entidades que no están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades. Pero que, además, tengan ingresos superiores a los 3.000 € al año.

El modelo 184, que es y como presentarlo sin errores.

Sin embargo, seguramente te hayas preguntado quién tiene la consideración de entidades en régimen de atribución de rentas: 

  • Sociedades civiles sin objeto mercantil: hacemos referencia a un contrato privado de colaboración entre dos o más personas. Estas personas realizan el contrato, ya que desean realizar una actividad empresarial con ánimo de lucro. Estos socios pueden optar por aportar trabajo o bienes o dinero.
  • Las herencias yacentes: hablamos de las herencias que cuentan con un periodo que transcurre desde que fallece el titular hasta que se ejecuta la aceptación de la herencia. Por lo tanto, la figura de este tipo de herencias, surge por una falta de titularidad mientras transcurre ese periodo.
  • Las comunidades bienes (incluidas las comunidades de propietarios): un contrato privado que se efectúa entre varios socios o en este caso comuneros. Estos socios ostentan la propiedad de un bien indivisible, como puede ser la portería de un edificio. Este contrato se debe especificar la aportación de cada uno y el porcentaje de participación. 

¿Cómo se calcula el modelo 184?

Para poder calcular el modelo 184, lo que hacemos es introducir todos los datos de la comunidad o sociedad. Y a continuación, relacionamos la rentas obtenidas por las entidades con la renta que se asocia a cada socio. Además, debemos especificar la retención de IRPF de cada uno de estos. 

En cambio, para calcular el rendimiento de actividades económicas, se aplica la misma norma que para el IRPF. A nivel contable, la entidad funcionará como un empresario autónomo. Restamos los gastos a todos los ingresos obtenidos, con los límites ya establecidos por el impuesto, pero además incluiremos la amortización de las inversiones.

Pero todo esto cuenta con una excepción, si los socios nombrados anteriormente, están sujetos al Impuesto de Sociedades en lugar del IRPF, se calculará mediante este tributo.

¿Cuándo se debe de presentar esta declaración?

Además, de todos estos factores, debemos tener en cuenta cuando se debe presentar el modelo 184. En este caso se debe entregar desde el 1 de enero al 31 de enero, si se diera la situación de que por diferentes razones no se puede presentar por internet, podrá efectuarse durante los cuatro días siguientes a la fecha de presentación.

¿Los impuestos se te hacen cuesta arriba? Muchas veces no conocemos todos los modelos que debemos de presentar, esto nos puede causar grandes dolores de cabeza. En It Asesores te ofrecemos un asesoramiento profesional y personalizado para que esta tarea sea mucho más fácil. Contacta con nosotros, queremos estar a tu lado.

Contact us

Fill in the form below or give us a call and we'll contact you. We endeavour to answer all enquiries within 24 hours on business days.


    × ¿Cómo puedo ayudarte?