Las claves para el cierre del año anual para autónomos.

Comienza 2023 y con él la presentación de los nuevos impuestos para autónomos. Hoy en IT Asesores, te traemos todos los modelos indispensables para que esta tarea sea mucho más fácil

Los autónomos cada año tienen que presentar varios resúmenes anuales a Hacienda, pero, ¿cuáles son?

Con la llegada de enero comienza la época de que los trabajadores por cuenta ajena (autónomos) presentan informes para cerrar el año. Actualmente, hay muchos modelos que estos deben presentar. Los más comunes son: el modelo 390, modelo 190, modelo 180 y modelo 347.

Pero antes de profundizar en cada uno de ellos, hay ciertos aspectos que debes tener en cuenta. Por un lado, todos los resúmenes son modelos informativos por lo que no debemos pagar para presentarlo.

Todos ellos son obligatorios si fuiste autónomo en algún momento del año fiscal, da igual que haya sido un mes o todo el año. Y por último, casi todos se presentan durante este mes. Aunque para ello es mejor que consultes el calendario fiscal de autónomos de 2023, para así conocer cada fecha concreta. 

El modelo 390.

Sin duda el más conocido, y del que casi ningún autónomo se puede librar. Este modelo anual va dirigido al IVA. Es decir es el resumen anual del IVA que has ido pagando a través del modelo 303.

Recordemos, que todos los autónomos presentan cada tres meses la declaración trimestral del IVA. De este modo, cuando hablamos del modelo 390 es simplemente un resumen de todas esas declaraciones que hemos ido presentando.

El plazo de presentación se realiza durante el primer mes del siguiente año fiscal. Es decir, debes de presentar el resumen del año 2022 en el mes de enero de 2023.

Algo SÚPER IMPORTANTE y que no debes de olvidar, es que deben de presentarlo todo el mundo que haya sido autónomo. Es decir aunque lo hayas sido dos meses, tres días o una semana. Es obligatorio y de carácter informativo, no debes efectuar ningún pago de impuestos.

El modelo 190.

El tan conocido entre los autónomos como el Modelo de Retenciones de IRPF.

A la hora de proceder este modelo, debes recordar ciertos aspectos. Hay autónomos que pagan a Haciendo el IRPF a través de la retención que aplican en las facturas a sus clientes. Es decir, dejan de ingresar una parte de esa factura generala para pagar el IRPF a Hacienda. 

En este caso debes saber, que si eres un cliente de un autónomo y este retiene en sus facturas dicho IRPF; además del modelo trimestral 111 deberás de presentar el modelo 190, básicamente es el resumen de los modelos 111.

El objetivo principal del modelo 190, es cruzar todos los datos y comprobar que lo que los autónomos han declarado que han pagado en IRPF coincide.

Al igual que ocurre en el modelo anterior comentado. El modelo 190 es simplemente un resumen informativo y que no requiere que pagues ningún impuesto. Aunque si quieres conocer este modelo en profundidad, en nuestro blog contamos con una entrada dedicada exclusivamente a este modelo.

El modelo 180.

Más conocido como el Modelo Anual de Retenciones de Alquileres. Tal y como indica su nombre este tipo de modelo que deben presentar algunos autónomos este mes de enero tiene que ver con los alquileres.

Al igual que el modelo 190, el modelo 180 tiene que ver con los pagos de IRPF por cuenta de otro autónomo, este caso, por alquileres.

Es decir si tu negocio por ejemplo está en un local que no es tuyo y pagas un alquiler. Pongamos el caso de que pagas 700 € con un IVA del 21% y un IRPF del 15%. El propietario del local solo recibe el dinero del local más el IVA; tú como inquilino le pagas el 15% a Hacienda en concepto de IRPF por el local. Por ello tú como inquilino, debes presentar el modelo 180 con todas las retenciones de IRPF por el local.

Al igual que los anteriores, el modelo 180 es solamente un documento informativo. En este caso Haciendo lo utiliza para comprobar los datos que declaran otros autónomos. 

El modelo 347.

Es el último modelo del que vamos a hablar en esta entrada, otro de los resúmenes anuales más comunes dentro de los autónomos. 

A diferencia de los anteriores, este modelo solo lo tendrán que presentar aquellos autónomos que hayan hecho transacciones que superen la cifra de 3.005,06 €.

Es muy importante recalcar que debemos presentar todas las facturas con importes superiores, ya sean emitidas o recibidas. 

Por último debes recordar que este modelo lo debes de presentar en febrero, y al igual que el resto tiene un carácter informativo, por lo que no requiere ningún tipo de pago de impuestos. 

Presentar todos estos modelos puede llegar a ser un poco engorroso, por ello en IT Asesores te ofrecemos una ayuda totalmente personalizada y profesional para que así esta tarea resulte mucho más sencilla y amena para ti.

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