¿Qué es el modelo 202 y cuándo debo presentarlo? Hoy te traemos todas sus claves.
¿Has empezado a gestionar tu propio negocio? Entonces puedes encontrarte en la necesidad de aprender a realizar cada trámite. Por ello, en It Asesores te presentamos toda la información que necesitas para conocer el modelo 202.
Una breve explicación de quién debe presentar el Modelo 202 es la siguiente. Todos los establecimientos situados en España de forma permanente; y, las entidades que se hallen en régimen de atribución de rentas, que se constituyeron fuera del territorio español, pero que tienen constancia en España. La finalidad de este documento es realizar el pago fraccionado del impuesto de sociedades y del documento que se deriva de la Renta de no Residentes. A continuación, te presentamos una explicación más detallada.
¿Qué es el Modelo 202?
El Modelo 202 obliga a los establecimientos a que declaren sus rentas en el Impuesto de Sociedades. Su objetivo es adelantar una parte del pago total que tendrá que efectuarse cuando se presente la declaración.
¿Quién tiene que presentar el Modelo 202?
La presentación del Modelo 202 es obligatoria para las entidades cuyo volumen de operaciones haya superado la cantidad de 6.010.121,04 € anuales en el ejercicio anterior. Sin embargo, las entidades que no alcancen esta cifra, tendrán que presentar este modelo si el resultado del ejercicio anterior fue positivo.
¿Cómo se rellena el Modelo 202?
Por otra parte, el pago a la cuenta del modelo 202 puede calcularse de 2 formas:
Tomando la cuota íntegra del último Impuesto de Sociedades presentado y restándole las deducciones, bonificaciones y retenciones e ingresos a cuenta.
Una vez realizado este proceso obtendrás una cifra resultante, la cual será la base del pago. A esta base se le aplica el 18%, obteniendo la cantidad a ingresar.
De este modo, para el primer pago se debe calcular con el resultado del Impuesto presentado en el ejercicio anterior. Sin embargo, para el segundo y tercer pago (octubre y diciembre), se calcula con el resultado del Impuesto de Sociedades presentado en el mismo ejercicio.
Aplicando un porcentaje variable al resultado del ejercicio en curso.
En este caso la cifra se obtendría de la siguiente manera:
- En primer lugar, el primer pago se calcula sobre el resultado del primer trimestre, minorado en las bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta.
- Por otro lado, el segundo pago se calcula sobre el resultado a 30 de septiembre.
- Y por último, el tercer pago se calcula sobre el resultado a 30 de noviembre.
Esta opción es obligatoria para las entidades que superen 6.010.121,04 de euros en volumen de operaciones del anterior año y, para los que se acojan al régimen fiscal especial.
¿Cómo se presenta el Modelo 202?
El Modelo 202 solo se puede presentar por internet a través de la página web de la Agencia Tributaria.
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