¿Sabes qué necesitas para el cierre de ejercicio 2021? Echa un vistazo a esta noticia:
El próximo cierre del ejercicio 2021 está a la vuelta de la esquina, y este es de suma importancia, ya que no servirá como punto de inflexión para tomar futuras decisiones que mejor convengan a nuestra empresa. Por lo que resulta esencial conocer el alcance de las nuevas medidas fiscales y que es aquello que debemos tener en cuenta para presentar el cierre del ejercicio, así como conocer el modelo 190.
A modo resumen, desde IT Asesores queremos ofrecerte una serie de recomendaciones que debes tener en cuenta para el cierre del ejercicio, como puede ser por ejemplo el modelo 190.
En primer lugar, te preguntarás ¿qué es el modelo 190? Pues bien, está estrechamente relacionado con el modelo 111, ya que es la declaración informativa en la que se indicarán las retenciones e ingresos a cuenta que hayamos hecho a los trabajadores vía nómina o bien a empresarios o profesionales autónomos mediante factura.
Como ya hemos mencionado, su equivalente trimestral es el modelo 111, dónde también se declaran los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, así como de premios, ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. En definitiva, diremos que el modelo 190 se trata de la recopilación de la información vertida de forma trimestral en el modelo 111.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 190?
Cualquier sociedad o profesional que como norma general ha cumplimentado y presentado ante hacienda el modelo trimestral 111. Por lo tanto, tienen la obligación de presentar ambos modelos todos los autónomos o empresarios que hayan satisfecho algunas de las rentas que a continuación te detallamos:
- Rendimiento del trabajo (nómina).
- Rendimientos de actividades económicas. En este apartado están las actividades profesionales, agrícolas o ganaderas, forestales y, en general, las actividades que tributan por estimación objetiva.
- Rendimientos derivados de alquiler de inmuebles urbanos.
- Importes en concepto de donaciones y planes de pensiones.
- Premios procedentes de juegos, concursos….
¿Cuándo hay que presentar el modelo 190?
Este modelo como ya hemos mencionado anteriormente, hace referencia a las cantidades retenidas a lo largo del año. Por ello se presenta, del 1 al 31 de enero de cada año. Y el modo de presentación es únicamente telemática en la sede electrónica de Hacienda. En el caso de que por razones técnicas no sea posible efectuar la presentación dentro del plazo, podrá hacerse dentro de los cuatro días naturales siguientes a la fecha de finalización mencionada.
El Modelo 190 puede ser uno de los más complicados de completar, pero con tiempo y paciencia podrás rellenarlo sin problemas. Y si no puedes contactar con nosotros para ofrecerte una ayuda profesional y personalizada. Queremos estar a tu lado.